Más información: Esta obra es el primer estudio compleo en lengua española del desarrollo del magisterio de la Iglesia desde las condenas de la libertad de conciencia y de cultos derivadas de la Revolución Francesa hasta la declaración, en «Dignitatis humanae» del Vaticano II, de que todo hombre tiene derecho a la libertad religiosa. El autor muestra que en ese camino la Iglesia ha unido siempre fidelidad y creatividad en el cumplimiento de su misión, y que en el Vaticano II enseña algo nuevo hasta entonces, pero que es coherente con el magisterio pontificio anterior. El libro es de gran utilidad para historiadores, teólogos, filósofos, juristas y personas interesadas por el desenvolvimiento de la vida religiosa en la sociedad democrática y la relación de la Iglesia con la comunidad política dentro de ella. GERARDO DEL POZO ABEJÓN (Valdeande, Burgos), sacerdote diocesano, es catedrático de Teología Dogmática en la Facultad de Teología San Dámaso (Madrid). Socio correspondiente de la Academia Pontificia de Teología en Roma, ha dirigido en la BAC «Comentarios a la Veritatis splendor». --- ÍNDICE GENERAL --- PRESENTACIÓN INTRODUCCIÓN SIGLAS Y ABREVIATURAS FUENTES Y BIBLIOGRAFÍA 1. Fuentes 2. Bibliografía CAPÍTULO I. La cuestión histórica de la Dignitatis humanae I. En la elaboración de la DH 1. Los nuevos planteamientos a partir de la Segunda Guerra Mundial 2. Etapa preparatoria: entre la tolerancia de la Comisión Teológica y la libertad religiosa del SUC 3. La propuesta del Secretariado entra en el Concilio como parte del esquema de ecumenismo 4. La perspectiva americana 5. El esquema aparte sobre la libertad religiosa 6. Dos cuestiones debatidas y confiadas al trabajo futuro de los teólogos II. En el debate postconciliar 1. España: la compatibilidad del Estado católico con la DH 2. Francia: el caso Lefebvre 3. El mundo alemán: la novedad en la concepción del Estado y la autonomía cultural y política de los laicos 4. La tensión entre la intención del Concilio, la dinámica conciliar y su plasmación incompleta en la DH según Silvia Scatena III. En el presente trabajo: la perspectiva de la introducción de DH 1. Partir de lo nuevo que el Concilio saca de la Tradición de la Iglesia, en coherencia siempre con lo antiguo 2. El desarrollo de la doctrina de los últimos papas 3. El mantenimiento de la doctrina tradicional católica CAPÍTULO II. Los papas condenan el sistema de libertad de conciencia y de cultos derivado de la Declaración francesa de 1789 I. La Declaración Francesa de 1789 en el horizonte de la Modernidad 1. La Modernidad 2. La proclamación de la libertad de opinión y expresión religiosa en la Declaración Francesa de 1789 3. Fuentes ideológicas II. Pío VI rechaza la libertad omnímoda en materia religiosa proclamada en la Declaración Francesa de 1789 1. La difusión de nuevas ideas por los filósofos 2. El trauma de la Constitución Civil del Clero de 1790 3. En la Quod aliquantum de 1791 Pío VI condena la libertad omnímoda en materia religiosa… 4. … y la soberanía absoluta del pueblo (o nación) III. Gregorio XVI condena la libertad omnímoda de conciencia en materia religiosa basada en el indiferentismo 1. El motivo inmediato: Lamennais y el asunto de L’Avenir 2. En la Mirari vos de 1832 Gregorio XVI condena la libertad omnímoda de conciencia en materia religiosa… 3. … rechaza la separación Iglesia-Estado y recuerda los deberes de los príncipes para con la religión verdadera y la Iglesia IV. Pío IX condena el derecho a la libertad de conciencia y de cultos que nace del racionalismo filosófico y del naturalismo político 1. El naturalismo filosófico: idolatría de la razón y matriz cultural de la oposición de su tiempo a la fe y a la Iglesia 2. Del racionalismo filosófico se deriva el naturalismo político, también condenado 3. Del naturalismo político se hace derivar la teoría errónea sobre la libertad de conciencia 4. Interpretación de la Quanta cura y teoría de la tesis y la hipótesis 5. El Syllabus y la imposibilidad de entendimiento de la Iglesia con la civilización moderna: interpretación correcta CAPÍTULO III. Los papas defienden los derechos fundamentales del hombre I. León XIII: la tolerancia justa y la verdadera libertad de conciencia 1. El programa de León XIII 2. El derecho cristiano y los deberes de los individuos y de las sociedades para con la religión verdadera y la única Iglesia de Cristo 3. Discernimiento de «las libertades modernas de conciencia y de cultos» 3. La verdadera libertad de conciencia 4. Los derechos naturales del hombre, a cuyo servicio debe estar el Estado II. Pío XI defiende la libertad de la Iglesia y la dignidad y derechos de la persona frente al desafío totalitario 1. Los derechos de la persona frente a los poderes públicos 2. La distinción entre libertad de conciencia como conciencia sin ley y la buena batalla por la libertad de las conciencias 3. El derecho del hombre a tender a su fin último por el camino trazado por Dios III. Pío XII: abre caminos para la afirmación del derecho a la libertad religiosa 1. Las exigencias morales y sociales de la dignidad de la persona 2. La concepción jurídica y constitucional del Estado 3. La libertad de la Iglesia y el derecho humano fundamental a dar culto de Dios 4. La Declaración Universal de los Derechos humanos de 1948, y la tolerancia en materia moral y religiosa según el discurso Ci riesce (1953) IV. Juan XXIII asume críticamente el contenido de la Declaración Universal de 1948 1. La distinción entre filosofías y corrientes históricas 2. Diálogo crítico con la Declaración Universal en la Pacem in terris (1963) 3. El derecho del hombre a poder venerar a Dios, según la recta norma de su conciencia CAPÍTULO IV. La Iglesia declara en el Vaticano II el derecho universal a la libertad religiosa civil I. El diálogo de la Iglesia con la cultura y mundo modernos en el Vaticano II 1. El Concilio Vaticano II 2. El diálogo con la cultura actual acerca de la verdadera dignidad y libertad de la persona humana en la Gaudium et spes c) La persona, principio, sujeto y fin de todas las instituciones sociales d) Justa autonomía de las realidades temporales 3. Iglesia y comunidad política II. El derecho a la libertad religiosa en la DH 1. La clave interpretativa de DH 1 2. Las novedades de DH 2 como desarrollo de la doctrina de los últimos papas sobre los derechos humanos y la organización jurídica de la sociedad 3. La doctrina tradicional católica y la nueva formulación de las relaciones de la Iglesia con los poderes públicos 4. La libertad religiosa a la luz de la Revelación 5. La libertad de la Iglesia: principio fundamental de las relaciones con los poderes públicos y con todo el orden civil III. Juan Pablo II aplica y profundiza la doctrina del Vaticano II sobre la libertad religiosa 1. Totalitarismo, democracia y verdad de Dios y del hombre 2. La sana laicidad defendida por la Doctrina Social de la Iglesia frente a la laicidad intolerante del laicismo 3. La invitación de la Iglesia a las autoridades civiles a referir sus juicios y decisiones a la inspiración de la Verdad sobre Dios Creador y Redentor revelada en Cristo 4. Reafirmación de la permanente validez de las condenas del indiferentismo y relativismo religioso CONCLUSIONES 1. La novedad 2. Coherencia con la Tradición